Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución exenta 2.187, de 2010, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que llamó a postulación extraordinaria al Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinado al mejoramiento de viviendas. El organismo concluyó que la autoridad administrativa está habilitada para exigir, de manera general, que ni el postulante ni su cónyuge sean propietarios de otra vivienda, por aplicación del decreto N° 332, de 2000, que reglamenta el sistema de atención habitacional para situaciones de emergencia, y de su artículo 2°, que condiciona los beneficios a la situación económica y a la magnitud del daño. Asimismo, desestimó el segundo planteamiento de los recurrentes: la posesión efectiva de la herencia acredita la calidad de sucesores, pero el subsidio no contempla su otorgamiento cuando el inmueble pertenece a más de una persona.