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M.E.C.M., vendedora analfabeta, demandó la nulidad de un contrato de compraventa celebr…

Sentencia · Juzgado de Letras · 2022

Resumen

M.E.C.M., vendedora analfabeta, demandó la nulidad de un contrato de compraventa celebrado el 7 de junio de 2013 con el Comité de Agua Potable Sector Champulli, argumentando que su condición de analfabeta constituía una causal de nulidad por falta de voluntad. La demandante alegó que el comité se habría aprovechado de su condición. El Juzgado de Letras de Carahue rechazó la demanda en todas sus partes, considerando que la analfabetería no constituye causal de nulidad del contrato. Se condenó a la demandante al pago de costas.

Normas citadas

  • Artículo 3 Código Civil
  • Artículo 1437 Código Civil
  • Artículo 1438 Código Civil
  • Artículo 1445 Código Civil
  • Artículo 1545 Código Civil
  • Artículo 1453 Código Civil
  • Artículo 1681 Código Civil
  • Artículo 1682 Código Civil
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