Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Iquique, conociendo del recurso interpuesto por ZABALETA en contra de BAM CHILE SPA, revocó la resolución de tres de agosto de dos mil veintiséis. En su lugar, dispuso que el Ministro de Fe del tribunal debía efectuar la certificación solicitada por la parte recurrente. La decisión se fundó en el artículo 70 del Código de Minería y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. El Ministro Andrés Provoste Valenzuela votó en contra, estimando que debía confirmarse la resolución recurrida. El caso corresponde al Rol N° Civil-.