Resumen del criterio jurisprudencial
Pablo Daniel Peñaloza Parra interpuso recurso de protección en favor de Belkis Xiomara Espinola, ciudadana venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión de pronunciarse sobre su solicitud de carta de nacionalización presentada el 30 de enero de 2025. La recurrente alegó que la falta de respuesta vulneraba su derecho a la igualdad ante la ley y los principios del procedimiento administrativo. El Servicio informó que la solicitud estaba en etapa de primer análisis y que el aumento de flujos migratorios constituía caso fortuito, justificando la demora. La Corte consideró que la dilación excedía ampliamente el plazo de seis meses del artículo 27 de la Ley N°19.880, configurando una omisión ilegal y arbitraria. Se acogió el recurso, ordenando al Servicio emitir pronunciamiento en un plazo de 90 días desde ejecutoriada la sentencia, sin costas. La decisión fue acordada con el voto en contra de la ministra Mera Muñoz, quien estimó que la nacionalización es una gracia estatal y no un derecho adquirido.