Resumen del criterio jurisprudencial
La demandante, Erika Jeannette Sandoval Toro, fue despedida el 31 de julio de 2026 por la causal de necesidades de la empresa (artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo). La carta de despido contenía afirmaciones genéricas sobre la situación económica sin presentar cifras, balances ni antecedentes contables concretos. El tribunal consideró que la carta carecía de la precisión y suficiencia exigidas, y que las funciones de la demandante no desaparecieron sino que fueron redistribuidas entre otros trabajadores. Por lo tanto, declaró el despido improcedente y acogió la demanda, condenando a la demandada al pago del recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicio ($4.161.569) y a la devolución del aporte del empleador al seguro de cesantía ($2.114.584). Además, se condenó en costas a la demandada por resultar totalmente vencida.