Resumen del criterio jurisprudencial
El 5 de octubre de 2026, la Corte de Apelaciones de Chillán resolvió un recurso de amparo interpuesto por la defensora penal pública Javiera Mellado Valdés en representación de Martín Ayllun Muñoz Cofré contra la Dirección Regional de Ñuble de Gendarmería. El recurrente alegó que la Unidad Penal había calculado erróneamente los tiempos mínimos para acceder a beneficios intrapenitenciarios, como la salida dominical y la libertad condicional, vulnerando su derecho a la libertad personal. La Corte constató que los cómputos se realizaron sin aplicar correctamente el Decreto Ley 321, modificado por la Ley 21.124, y otras normas penitenciarias. En consecuencia, se declaró la ilegalidad del acto administrativo y se ordenó a Gendarmería que realice un nuevo cálculo diferenciado según la naturaleza de los delitos. La decisión se tomó sin costas y sin voto disidente. La sentencia fue redactada por el ministro Claudio Arias Córdova, con la presencia de las ministras Gallardo y Pezoa, quienes no firmaron el fallo.