La Corte Suprema se pronuncia sobre la imprescriptibilidad de la acción de reclamación…
Sentencia · Corte Suprema · 2016
Resumen
La Corte Suprema se pronuncia sobre la imprescriptibilidad de la acción de reclamación de filiación no matrimonial ejercida por el hijo en contra de los herederos del presunto padre fallecido. La sentencia establece que el artículo 205 del Código Civil autoriza al hijo para ejercer la acción de reclamación de filiación, y que conforme al artículo 316 inciso 2º, los herederos del padre o madre fallecidos son legítimos contradictores contra quienes el hijo puede dirigir o continuar la acción. La Corte determina que la transmisibilidad de la acción a los herederos está limitada por la ley, específicamente por las excepciones contempladas en el artículo 206 del Código Civil. La interpretación adoptada se alinea con el contexto general de la ley que consagra una amplia investigación de la paternidad o maternidad y la imprescriptibilidad de la acción de reclamación, conforme a los principios de representación hereditaria establecidos en el artículo 1097.
Normas citadas
Artículo 205 Código Civil
Artículo 206 Código Civil
Artículo 208 Código Civil
Artículo 316 inciso 1º Código Civil
Artículo 316 inciso 2º Código Civil
Artículo 1097 Código Civil
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