Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpone una acción constitucional de protección en contra de una Isapre y de la Superintendencia de Salud por el alza unilateral del precio de la prima GES. Sostiene que la decisión es desproporcionada e injustificada, vulnerando sus garantías constitucionales de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución. La Corte Suprema, al conocer la apelación de la sentencia que rechazó el recurso, confirma dicha decisión. Considera que el precio de la prima GES fue determinado a través de un proceso objetivo y fiscalizado por la Superintendencia, conforme a la normativa vigente. No se advierte un actuar ilegal o arbitrario, por lo que se desestima la vulneración de garantías fundamentales. Se confirma la sentencia apelada sin costas.