Resumen del criterio jurisprudencial
María Carolina Rodríguez Robertson interpuso un recurso de protección contra ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. alegando que el plan de salud contratado brinda una cobertura restringida en prestaciones de salud mental, en contra de lo establecido por la Ley N° 21.331. La Corte analizó la normativa vigente, incluyendo el artículo 3 y el artículo 9 N° 16 de la Ley 21.331, así como los artículos 19 N° 24 y 20 de la Constitución, y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud. Se constató que la ISAPRE no había ajustado sus planes antiguos para equiparar la cobertura de salud mental con la de salud física, generando una discriminación injustificada. La Corte consideró que tal omisión vulnera los principios de igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria. En consecuencia, declaró que se acoge el recurso de protección y ordenó a la ISAPRE realizar los ajustes necesarios sin costas. La decisión se fundamentó en la obligación legal de garantizar igualdad de trato entre prestaciones de salud mental y física.