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La Comunidad de Aguas Balneario El Ingenio interpuso recurso de casación contra la sent…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Comunidad de Aguas Balneario El Ingenio interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había rechazado su reclamo contra la Resolución Exenta Nº 576 del 9 de julio de 2003, la cual denegó la autorización para construir una bocatoma en el estero El Ingenio. La parte recurrente alegó que la sentencia inferior había interpretado erróneamente el artículo 151 del Código de Aguas y que el proyecto sólo implicaba una reubicación dentro del mismo sector, sin cambiar el punto de captación. Asimismo sostuvo que la autoridad había vulnerado el artículo 132 del mismo código al considerar que la solicitud perjudicaba derechos de terceros sin que existiera oposición oportuna. El tribunal de casación analizó los hechos, constatando que el proyecto propuesto afectaba derechos de terceros y que la ubicación de la bocatoma era distinta a la autorizada, por lo que debía cumplirse el procedimiento de cambio de ubicación previsto en el artículo 163 del Código de Aguas. Con base en esa valoración, la Corte confirmó que la autoridad había actuado correctamente al resguardar los derechos de terceros y al aplicar la normativa correspondiente. En consecuencia, se rechazó el recurso de casación en el fondo y se mantuvo la resolución que denegó la autorización para la bocatoma.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.