Resumen del criterio jurisprudencial
En este caso, la parte reclamante, EL CONDOR COMBUSTIBLES S.A., presentó un desistimiento de su reclamación tributaria contra el Servicio de Impuestos Internos. El Tribunal, al no existir oposición de la parte reclamada y en virtud de lo dispuesto en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 148 del Código Tributario, acogió el desistimiento. Además, se corrigió un error en la foliación del expediente. Se ordenó notificar la resolución a la parte reclamante mediante carta certificada y al SII a través de su sitio web. La sentencia fue dictada por el Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.