Seguridad social

Se impone a la Isapre CONSALUD S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

Se impone a la Isapre CONSALUD S.A. una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por el incumplimiento del plazo para el pago de los reembolsos hospitalarios establecido la letra c) del artículo 11 de las Condiciones Generales del Contrato de Salud.

Sanciones a isapres

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.