Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de un funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, quien cuestionó el término de su contrata y la decisión de no renovarla para 2015, por considerarla carente de fundamento, ilegal y arbitraria. El servicio explicó que el cese se debió al cumplimiento del plazo fijado en la contrata y que no era necesario exponer los motivos de la no renovación. El órgano fiscalizador concluyó, conforme al artículo 153 de la ley N° 18.834 y su jurisprudencia, que el vencimiento del plazo produce el cese de inmediato, sin necesidad de una manifestación expresa de voluntad, de una notificación ni de una motivación de la autoridad, pues corresponde a ésta decidir la procedencia de la prórroga. Por ello, la relación estatutaria terminó por mandato de la ley, y no era necesario dictar un acto que acreditara dicho cese.