Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante FENASA S.A. dedujo desistimiento de su reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso. La parte reclamada, Servicio de Impuestos Internos, se allanó y aceptó expresamente la solicitud. El tribunal consideró el mérito de los antecedentes, el desistimiento y el allanamiento. En virtud de lo dispuesto en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resolvió tener por desistido el reclamo. La sentencia fue pronunciada por el juez titular del tribunal. Se ordenó notificar, registrar, certificar y archivar la causa.