Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamación presentada por Maldonado Salinas contra el Servicio de Impuestos Internos fue declarada inadmisible por no haberse dado cumplimiento al apercibimiento ordenado en la resolución de 9 de diciembre de 2013. El tribunal, con fecha 26 de marzo de 2014, aplicó el artículo 129 del Código Tributario, que establece que ante el incumplimiento de la carga procesal, se tendrá por no presentada la reclamación. La resolución se notificó por carta certificada conforme al artículo 131 bis del mismo cuerpo legal. La decisión fue emitida por la jueza suplente Karla Ramos Narváez y autorizada por el secretario suplente Raúl Sánchez Sepúlveda.