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El Dictamen N° 373 aclara que los directivos de asociaciones de funcionarios de salud q…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Dictamen N° 373 aclara que los directivos de asociaciones de funcionarios de salud que hacen uso de los permisos de la Ley N° 19.296 no pueden percibir esos emolumentos, porque requieren trabajo efectivo.

La Contraloría determinó que las asignaciones de turno y urgencia no proceden durante los permisos gremiales.El fundamento es que dichas asignaciones remuneran el trabajo efectivo, no ausencias.El pronunciamiento se originó en una consulta del dirigente gremial Eduardo Jarpa Luna.Los servicios de salud deberán ajustar los pagos a directivos gremiales.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.