Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la resolución del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt que dejó sin efecto la acreditación de poder de la abogada Gabriela González Seguel. La abogada había comparecido únicamente en representación de la Sociedad de Servicios Marítimos Jovinar Limitada, según la escritura de mandato acompañada. El tribunal de primera instancia consideró que la autorización de poder para terceros no se ajustaba al mérito de la causa. La Corte compartió los fundamentos del tribunal inferior y confirmó la decisión sin costas del recurso. El fallo se dictó en el contexto de un recurso de apelación interpuesto contra la resolución que revocó la acreditación de poder. La controversia se centró en la validez de la representación de terceros por parte de la abogada. La Corte determinó que el mandato solo cubría a la sociedad mencionada y no a terceros.