Resumen del criterio jurisprudencial
La candidata a alcaldesa por Lo Espejo, Javiera Paz Reyes Jara, reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que rechazó su cuenta general de ingresos y gastos electorales por omisión grave, desestimó el reembolso y ordenó devolución de aportes. El Tribunal Calificador de Elecciones acogió parcialmente la reclamación, levantando dos observaciones: la N°16 sobre honorarios de la jefa de campaña, por considerarse acreditada la prestación y el valor de mercado, y la N°31 sobre arriendo de equipos, por tratarse de bienes y no servicios. Sin embargo, mantuvo el rechazo de la cuenta porque los gastos rechazados restantes ($14.710.673) superan el 20% del total declarado, configurando omisión grave. La mayoría sostuvo que las observaciones por falta de informe previo de gastos superiores a 30 UF son insubsanables. Hubo voto en contra de dos ministros respecto al levantamiento de la observación N°31, por considerar que la factura incluía servicios que requerían informe de actividades.