Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el pago de una asignación de salud a un funcionario que, durante 2011, prestó servicios sin solución de continuidad en dos hospitales. Se analizaron dos componentes: el de acreditación individual, que exige aprobar el proceso de acreditación cada tres años, y el de cumplimiento anual de metas sanitarias, que exige estar en servicio a la fecha de pago en el organismo donde se cumplieron las metas. Respecto del primero, el reglamento permite mantener el porcentaje si el funcionario ya estaba acreditado y cambia de servicio sin interrupción, siempre que haya tenido derecho a percibirlo antes, lo que no constaba en los antecedentes. Respecto del segundo, se concluyó que el funcionario no cumplía el requisito de estar en servicio a la data de pago en el organismo donde se cumplieron las metas, por lo que no tenía derecho a ese factor. En consecuencia, el Hospital Dr. F.B.C. debe verificar a la brevedad si el pago se ajustó a derecho.