Resumen del criterio jurisprudencial
Maryi Milena Salazar Diaz, de nacionalidad colombiana, interpuso un recurso de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la resolución exenta N° 24471536 que rechazó su solicitud de residencia temporal y ordenó su abandono del país. La recurrente alegó que la decisión vulneraba su libertad personal y el principio de unidad familiar, ya que tiene un hijo chileno y lleva más de nueve años en Chile. El Servicio argumentó que la solicitud fue rechazada porque no se acreditó el pago de una sanción por residencia vencida, y que la orden de abandono se emitió en una resolución anterior. La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso, señalando que la resolución impugnada solo archivó una solicitud de residencia definitiva debido a la existencia de una orden de abandono previa, y que la autoridad actuó conforme a la Ley de Migración. El tribunal concluyó que no se configuró una afectación ilegal o arbitraria a la libertad personal de la amparada.