TributarioInadmisible

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación in…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación interpuesta, teniendo presente que, en el supuesto de que este tribunal estimara que el reclamo se interpuso dentro de plazo, es necesario dejar en claro que de todas maneras el reclamo debería ser rechazado, por no denunciar en parte alguna ¿qué derechos de la contribuyente hayan sido vulnerados? al tenor del artículo 155 del código tributario, pues lo único que se denuncia es una potencial vulneración, la cual se produciría solamente en la medida que el servicio de impuestos internos, en infracción de las normas de los artículos 8 bis y 35 del código tributario, divulgara indebidamente la información que se encontrase en su poder, lo cual en la especie no es posible que suceda, por la evidente razón de que tal información no ha sido entregada. y así las cosas, reconociendo la misma contribuyente que la vulneración invocada es solamente potencial, y en el peor de los casos una amenaza que no se ha concretado, difícilmente se puede estimar que sus derechos han sido vulnerados en forma alguna.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.