Resumen
La Comisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado del Consejo Constitucional aprobó la creación de dos nuevos capítulos constitucionales: 'Defensa Nacional' y 'De la Seguridad Pública'. El capítulo de Defensa Nacional establece que las Fuerzas Armadas están constituidas por Ejército, Armada y Fuerza Aérea, siendo instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas y obedientes. Se aprobó por ocho votos contra cuatro un artículo que prohíbe a miembros activos de las Fuerzas Armadas pertenecer a partidos políticos, asociarse en organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer derecho a huelga ni postularse a cargos de elección popular. El consejero Julio Ñanco manifestó oposición a la aplicación de estas restricciones al personal civil no uniformado. El consejero Ricardo Ortega argumentó que la restricción busca evitar proselitismo político dentro de las instituciones armadas.