Resumen
La Contraloría General de la República representó el decreto 99, de 2010, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que modificaba la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) en materias de densidades, riesgo y pasajes, y por tanto no tomó razón de él. El organismo observó tres puntos: la tabla del artículo 2.3.4 fijaba un ancho mínimo de 4 metros para los pasajes peatonales exclusivos, lo que no armonizaba con el artículo 2.3.3, que exige entre 8 y 11 metros, salvo los pasajes en pendiente elevada; la tabla del artículo 3.2.5 omitía el ancho mínimo de pavimentos de calzadas y veredas en vías troncales y colectoras que forman un par de vías, conforme al artículo 2.3.2; y una remisión que dejaba la franja entre línea oficial y calzada al criterio del arquitecto del proyecto resultaba improcedente para pasajes peatonales exclusivos y pasajes en pendiente elevada, que no admiten calzada.