Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Prestaciones Preventivas

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Prestaciones preventivas. El D.S. N°44 de 2023 sobre prevención de riesgos laborales indica que el programa de trabajo preventivo que deben elaborar las entidades empleadoras, debe incluir, debe incluir el promover la prevención del consumo de alcohol y drogas en el trabajo, sin incluir la rehabilitación. Es el Reglamento Interno de higiene y Seguridad el encargado de establecer las prohibiciones de consumo de alcohol y drogas en los lugares de trabajo y difundir un estilo de vida y alimentación saludables.

Ley N° 16.744Prestaciones Preventivas

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.