Resumen del criterio jurisprudencial
La actora prestó servicios como secretaria ejecutiva del Programa Nacional de Fiscalización de Transportes entre el 1 de enero de 2012 y el 29 de abril de 2022, bajo contratos anuales a honorarios que le otorgaban la calidad de agente público. El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la denuncia por vulneración de derechos fundamentales pero acogió la demanda subsidiaria de declaración de relación laboral y despido injustificado, condenando al Fisco. La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad del Fisco. La Corte Suprema, conociendo del recurso de unificación de jurisprudencia, determinó que la vinculación a honorarios de un agente público no configura una relación laboral, por lo que rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.