Resumen del criterio jurisprudencial
Ley N° 16.744. Para graduar la incapacidad y emitir la resolución de evaluación de incapacidad permanente sobre una condición de salud, además, de los estudios de puesto de trabajo (EPT) que correspondan, las Compin, formarán un expediente con los datos y antecedentes que les hayan sido suministrados, debiendo incluir entre éstos, la información sobre la profesión habitual del afiliado.