Seguridad social

Seguridad social: Ley 16.744, Calificación de invalidez

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Para graduar la incapacidad y emitir la resolución de evaluación de incapacidad permanente sobre una condición de salud, además, de los estudios de puesto de trabajo (EPT) que correspondan, las Compin, formarán un expediente con los datos y antecedentes que les hayan sido suministrados, debiendo incluir entre éstos, la información sobre la profesión habitual del afiliado.

Ley 16.744Calificación de invalidez

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.