Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i.- ha lugar al reclamo interpuesto por doña angélica susana salazar rodríguez, a fs. 01. en consecuencia: ii.- déjese sin efecto íntegramente la liquidación n° 924-3, de fecha 24.10.2013. iii. que no se condena en costas al servicio por no haber sido estas solicitadas, además de estimar este tribunal que este pudo haber tenido motivo plausible para litigar, todo de conformidad con el artículo 144 del código de procedimiento civil, toda vez que se aportaron en esta sede importantes antecedentes de los cuales no se tiene claridad si el servicio dispuso o no en fase administrativa. anótese, regístrese y en su oportunidad archívese.