Resumen
Se interpuso acción constitucional de amparo en favor de la ciudadana venezolana M.A.V.H. contra el Servicio Nacional de Migraciones, impugnando la Resolución Exenta N°2600100270479 que rechazó su solicitud de residencia definitiva, ordenó su abandono del país en 15 días y estableció una prohibición de ingreso por 5 años. La recurrente alegó que la exigencia de certificado de antecedentes penales era de difícil cumplimiento y que no se ponderaron su arraigo familiar y educacional en Chile. El Servicio informó que actuó conforme a la Ley N°21.325 y que la orden de abandono es consecuencia legal del rechazo. La Corte acogió el amparo al considerar que la resolución impugnada carecía de motivación suficiente y proporcionalidad, omitiendo considerar las circunstancias personales de la amparada. En consecuencia, dejó sin efecto el acto administrativo y ordenó reabrir el procedimiento para resolver la solicitud ponderando el certificado de antecedentes presentado en la instancia. La decisión se fundó en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política, así como en los principios de racionalidad y fundamentación de la Ley N°19.880.