Resumen del criterio jurisprudencial
La Comisión Chilena del Cobre (COCHILCO) dedujo un reclamo de ilegalidad contra el Consejo para la Transparencia, impugnando la decisión del Consejo que acogió un amparo presentado por Rodrigo González Duarte y ordenó entregar una copia del informe de investigación sobre el presunto ocultamiento de accidentes laborales con tiempo perdido en la División Salvador de CODELCO. COCHILCO argumentó que el informe era confidencial según el inciso final del artículo 2° del Decreto Ley N° 1.349, que establece la reserva de los antecedentes proporcionados por las empresas productoras, y que dicha reserva legal configuraría la causal de secreto del artículo 21 N° 5 de la Ley N° 20.285. El Consejo consideró que la norma anterior a la Ley N° 20.050 no bastaba por sí sola y exigía acreditar afectación a bienes constitucionales. La Corte de Apelaciones acogió el reclamo, dejando sin efecto la decisión del Consejo, al estimar que la reserva legal establecida en el Decreto Ley N° 1.349 satisface el requisito de calificación legal exigido por la Constitución y la ley de transparencia, sin que sea necesario acreditar una afectación adicional. En consecuencia, el informe solicitado se considera secreto o reservado y no corresponde su entrega.