Resumen del criterio jurisprudencial
La empresa Aramark Servicios Mineros y Remotos Limitada interpuso una reclamación judicial contra las resoluciones de multa administrativa N°8863/26/1 y N°8863/26/2 dictadas por la Inspección Comunal del Trabajo de Diego de Almagro. Las multas se fundaron en el incumplimiento de la resolución exenta que autorizaba un sistema de ciclos de trabajo y descanso, y en la falta de registro correcto de asistencia y horas trabajadas de ciertos trabajadores. La empresa alegó que las multas eran excesivas y que no se ajustaban a los hechos. El tribunal, tras analizar los antecedentes, consideró que si bien existían infracciones, las multas originales eran desproporcionadas. Por ello, acogió parcialmente la reclamación, rebajando las multas a 40 Unidades Tributarias Mensuales. Cada parte asumió sus costas. La sentencia fue dictada por el juez titular Roberto Gahona Rojas del Juzgado de Letras con competencia laboral de Diego de Almagro.