Administrativo

Instituto Nacional de Deportes deberá exigir una garantía para caucionar la parte no re…

Resumen del criterio jurisprudencial

Instituto Nacional de Deportes deberá exigir una garantía para caucionar la parte no rendida en los términos de la resolución N° 30, de 2015, de este origen y ajustar su instructivo de rendición de cuentas. Remite copia de oficio que indica.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.