Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, referente a la entrega del informe final del diseño vial del proyecto consultado. Lo anterior, por cuanto esta Corporación estima plausible que su publicidad prematura afectaría –de forma presente o probable y con suficiente especificidad- el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, por cuanto de conocerse los antecedentes consultados se afectaría el desarrollo del proceso de licitación del proyecto vial consultado; al adelantar el acceso a datos de carácter relevantes para los futuros oferentes. En tal sentido, su develación constituirá una vulneración a los principios de libre concurrencia de los oferentes frente al proceso licitatorio que efectúe el órgano reclamado, y de igualdad ante las bases que rigen el contrato, otorgando una ventaja a un eventual participante para la elaboración de su oferta y adjudicación de la licitación, respecto de otros interesados en participar en el proceso. Aplica criterio decisión de amparo Roles C1548-25 y C5178-25 respecto de un caso similar, entre otras. A mayor abundamiento, respecto a programas de expropiación aún no ejecutados, este Consejo ha razonado que la información requerida -en forma anticipada-, podría generar un proceso de especulación inmobiliaria respecto a los terrenos, predios o viviendas que se verían, eventualmente, afectados con el diseño del proyecto. Dicho criterio se encuentra asentado también en los Amparos C3974-20, C2702-21 y C3698-25 sobre procedimientos expropiatorios.