Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Concejal por San Bernardo, Javier Hormazábal, reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales por omisiones graves no subsanadas. Las observaciones N°4 y N°6 del oficio de observaciones no fueron corregidas adecuadamente dentro del plazo legal. El reclamante alegó desconocimiento del procedimiento y mala asesoría, así como buena fe en la rendición. El Tribunal consideró que los antecedentes aportados no fueron suficientes para levantar las observaciones. Se determinó que no existió fuerza mayor que impidiera la subsanación. En consecuencia, se rechazó la reclamación y se confirmó la resolución del Servicio Electoral.