El Primer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima acogió la demanda de cumplimiento…
Sentencia · Juzgado de Letras · 2024
Resumen
El Primer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima acogió la demanda de cumplimiento interpuesta por IDLADS contra el Ministerio de Educación. La demanda solicitaba que se diera cumplimiento a la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 30936, que promueve el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible. El Ministerio de Educación había incumplido la obligación de aprobar, en noventa días, los lineamientos para la promoción de educación vial y uso de bicicleta en instituciones educativas públicas y privadas de todo el país. El tribunal ordenó al MINEDU cumplir con la disposición en un plazo no mayor de 10 días útiles, con costos del proceso.
Normas citadas
Decreto Supremo N° 012-2020-MINEDU - Reglamento de la Ley N° 30936
Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 30936
Artículo VI del Título Preliminar del Nuevo Código Procesal Constitucional
Artículos 1°, 65° y 66° del Nuevo Código Procesal Constitucional - Ley N° 31307
Ley N° 31583 - Modificatoria de la Ley N° 31307
Artículo 72° del Nuevo Código Procesal Constitucional
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