Resumen
El máximo tribunal acogió un recurso de queja y estableció que la acción de despido injustificado no puede analizarse separadamente cuando previamente debe determinarse si existió una relación laboral. La Corte concluyó que, en ese escenario, el plazo aplicable queda supeditado a la acción declarativa del vínculo, cuyo término de prescripción es de dos años desde el cese de los servicios.