Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente Mariset Rivera Abreu interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la demora en pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización. La Corte de Apelaciones acogió el recurso, pero la Corte Suprema revocó esa decisión. El tribunal consideró que la demora se debía a un procedimiento reglado y que la nueva Ley N°21.325 garantiza la vigencia de la cédula de identidad durante la tramitación, por lo que no se vulneraban derechos constitucionales. Asimismo, señaló que el plazo de seis meses del artículo 27 de la Ley N°19.880 no es fatal y que la Administración debe actuar en un plazo razonable. En consecuencia, rechazó el recurso de protección, pero ordenó al Servicio Nacional de Migraciones emitir pronunciamiento en un plazo razonable.