La Corte Suprema acoge el recurso de protección interpuesto por A.A.E.P. en contra de l…
Sentencia · Corte Suprema · 2024
Resumen
La Corte Suprema acoge el recurso de protección interpuesto por A.A.E.P. en contra de la Dirección General de Crédito Prendario. El demandante fue sometido a sumario administrativo y se le descontó el 50% de su remuneración sin que se le notificara previamente el acto administrativo que ordenaba tal medida. La Corte determina que los actos administrativos producen efectos jurídicos solo desde su notificación, conforme a la Ley N.º 19.880. Al no haberse notificado el acto, el descuento constituye una infracción al derecho de propiedad garantizado constitucionalmente. Se ordena a la entidad demandada restituir los montos descontados y abstenerse de realizar nuevos descuentos hasta que se practique la notificación correspondiente.
Normas citadas
Ley N.º 19.880, artículo 51 inciso final
Constitución Política de la República, artículo 19 N.º 24
Constitución Política de la República, artículo 20
Estatuto Administrativo, artículo 136
medida cautelarnotificaciónacto administrativoremuneraciónsumario administrativoderecho de propiedadrecurso de protecciónvalidez administrativa
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