Resumen del criterio jurisprudencial
Corregir en el ITD la asignación del porcentaje de uso de clientes regulados de la subestación Choapa (SE-D_136) y de los tramos Choapa 220 – Choapa 110 y Los Vilos 220 – Choapa 220, considerando que la demanda regulada de la subestación Quinquimo es abastecida desde la subestación Choapa, modificando su actual valor de 22,7%, 26.7% y 21,4% a 31,6%, 42,8% y 34,3%, respectivamente