El Consejo para la Transparencia rechaza el amparo deducido por Estudio Jurídico Eirl L…
Sentencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechaza el amparo deducido por Estudio Jurídico Eirl Leonardo Valderrama Pacheco en contra de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) respecto de la solicitud de entrega de listado de socios fundadores de la Comunidad Coilaco (ex comunidad J.M.N.) y listado de socios de la misma comunidad al año 2004 y 2002. La decisión se fundamenta en que la información solicitada constituye datos personales de los titulares, afectando la esfera de la vida privada de los socios. El Consejo considera que la reserva de esta información es procedente conforme a la Ley de Transparencia. La solicitud fue ingresada el 27 de septiembre de 2021 y resuelta en sesión ordinaria N° 1242 del Consejo Directivo del 4 de enero de 2022.
Normas citadas
Artículo 5°, inciso 2°, Constitución Política de la República
Artículo 8°, Constitución Política de la República
Artículo 19 N° 12, Constitución Política de la República
Decreto Supremo N° 13 de 2009 (Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285)
Artículo 21 N° 1, Ley N° 20.285
Artículo 28 y siguientes, Ley N° 20.285
Artículo 59, Ley N° 19.880
acceso a la informacióntransparenciavida privadadatos personalescomunidades indígenasamparoCONADIreserva de información
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