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El tribunal tributario y aduanero de la araucanía no dio lugar al reclamo deducido por…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la araucanía no dio lugar al reclamo deducido por la contribuyente comercializadora nebe limitada, al establecer que quedó acreditado el traslado de quesos y mantequillas desde loncoche a victoria sin portar la guía de despacho exigida por la normativa tributaria. la alegación de la empresa relativa a problemas de conexión a internet no fue probada, y la guía acompañada en autos fue emitida con posterioridad a la fiscalización y a solicitud del funcionario, lo que confirmó la infracción. además, la propia reclamante reconoció que el vendedor no portaba el documento al momento del control, mientras que el testimonio de los fiscalizadores corroboró que el chofer solo exhibió un documento denominado “salida de bodega”, carente de valor tributario. el tribunal recordó que el artículo 55 del dl 825 y el artículo 97 n° 10 del código tributario obligan a emitir y portar la guía durante el traslado, circunstancia incumplida en este caso. la prueba rendida permitió establecer también que el conductor habitualmente realizaba traslados sin guías de despacho, confirmando la conducta infraccional.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.