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El 2 de agosto de 2017 la Corte Suprema, Tercera Sala, resolvió el recurso de casación…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 2 de agosto de 2017 la Corte Suprema, Tercera Sala, resolvió el recurso de casación interpuesto por Carlos Armin Díaz Astudillo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que había rechazado su reclamación bajo el artículo 137 del Código de Aguas. La parte recurrente alegó nulidad formal por errores en la exposición, omisión de la resolución del asunto controvertido y falta de enunciación de excepciones, invocando los artículos 768 y 170 del Código de Procedimiento Civil. La Corte determinó que, al tratarse de un proceso regido por una ley especial (Código de Aguas), no procede la nulidad formal basada en esas causales. Se reconocieron errores de transcripción en el nombre de la parte y en el rol del expediente administrativo, pero se consideró que no afectaban la motivación ni el dispositivo de la sentencia. Asimismo, se constató que la sentencia de primera instancia sí resolvió el asunto, por lo que no existía omisión de la decisión del controvertido. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechazó el recurso en el fondo, imponiéndose costas al recurrente, aunque la Ministra Rosa Egnem propuso eximirlo del pago de costas.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.