Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, en su Tercera Sala, revoca la resolución de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible un recurso de protección deducido contra el Hotel Sheraton por ruidos molestos. El tribunal examina en cuenta si el recurso fue interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que constituyan vulneración de garantías constitucionales conforme al artículo 20 de la Constitución Política. Del análisis de los antecedentes, aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir vulneración de garantías constitucionales. Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada y se declara admisible el recurso de protección, debiendo dársele la tramitación correspondiente.