Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por el demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado la nulidad del despido respecto de la empresa principal. Se establece que la sanción prevista en el artículo 162 inciso quinto del Código del Trabajo es aplicable a la empresa principal, sin que sea obstáculo el límite temporal del artículo 183-B. La decisión confirma la responsabilidad solidaria de la empresa principal en materia laboral, acorde con los objetivos de protección de trabajadores en régimen de subcontratación. Se rechaza el recurso de nulidad deducido por la Corte de Apelaciones y se declara que la sentencia de mérito no es nula.