Seguridad social

Procedimiento Administrativo Electrónico (PAE).

Resumen del criterio jurisprudencial

Procedimiento Administrativo Electrónico (PAE). Para recurrir a este Servicio, un usuario debe proporcionar su información de contacto, incluyendo su dirección y opcionalmente su correo electrónico y número de teléfono. El correo electrónico es obligatorio al ingresar a través del sitio web institucional (www.suseso.cl), solicitándose expresamente su autorización para recibir comunicaciones electrónicas vinculadas al procedimiento y para ser notificado del dictamen que resuelva su reclamación. A su vez, el artículo 59 de la Ley N° 19.880 establece que el recurso de reposición debe presentarse en un plazo de cinco días hábiles, plazos que se computan desde el día siguiente a la notificación del acto (los días sábados, domingos y festivos no se consideran hábiles).

PAENotificaciónPlazos

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.