Penal

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrado por los jueces C.A.J., M.M…

Sentencia · Juzgado de Garantía · 2026

Resumen

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrado por los jueces C.A.J., M.M.G.P.R.B., dictó sentencia en la causa contra M.A.P.S., acusado de tráfico de drogas y asociación ilícita para cometer dicho delito. La acusación, presentada por el Ministerio Público y representada por la fiscal C.M. D'agostini Ibáñez, describió una organización criminal dedicada a la comercialización y distribución de drogas en la provincia de Linares. Se acreditó que el acusado facilitaba su domicilio para acopiar dinero y participaba en la cadena de distribución junto a otros miembros del grupo. El tribunal constató la existencia de varios puntos de distribución y casas de acopio, así como la utilización de vehículos y domicilios para la operación del narcotráfico. Con base en el artículo 293 del Código Penal y el artículo 16 de la Ley N°20.000, el tribunal calificó la conducta como una asociación criminal especial por narcotráfico. Finalmente, se ordenó la comunicación de la sentencia al Juzgado de Garantía competente y la ejecución de lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal y 113 del Código Orgánico de los Tribunales.

Normas citadas

  • Art. 293 Código Penal
  • Art. 16 Ley N°20.000
  • Art. 468 Código Procesal Penal
  • Art. 113 Código Orgánico de los Tribunales
tráfico de drogasasociación ilícitaasociación criminalCódigo PenalLey N°20.000prueba en juicio

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.