Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza la demanda de precario interpuesta por Mario Bladimir Reyes Robles contra el ocupante de un inmueble ubicado en calle Barros Arana N° 1330. La sentencia establece que no procede la acción de precario cuando existe justificación para la ocupación del bien, en este caso acuerdos notariales que permitían el uso del inmueble en compensación por servicios prestados como vigilante y por deuda contraída. La Corte revoca la sentencia de primera instancia del Juzgado de Letras de Tocopilla de fecha 30 de marzo de 2023. Se rechaza la demanda sin condena en costas al demandante por haber tenido motivo plausible para litigar.