La reclamante C.F.L. impugnó la Resolución Exenta N° de la Dirección Ejecutiva del SEA,…
Sentencia · Tribunal Ambiental · 2024
Resumen
La reclamante C.F.L. impugnó la Resolución Exenta N° de la Dirección Ejecutiva del SEA, que rechazó su solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°, la cual calificó favorablemente el proyecto 'C.D.C.', del titular Inversiones y Servicios Dataluna Ltda. El proyecto consiste en un centro de almacenamiento de datos tecnológicos ubicado en las comunas de C.S.B., ingresado al SEIA mediante una D.I.A. (DIA). La reclamante alegó que la evaluación fue deficiente en aspectos como la falta de análisis de los grupos electrógenos de respaldo, impacto vial, patrimonio cultural y recursos hídricos. El Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente la reclamación, anulando parcialmente la RCA y ordenando dictar un nuevo ICSARA para evaluar adecuadamente los impactos no considerados, especialmente en aire y agua, suspendiendo los efectos de la parte no anulada hasta que se complete esa evaluación.
Normas citadas
Artículo 17 N°8 de la Ley N° 20.600
Artículo 10 letra b) de la Ley N° 19.300
Artículo 3° letra b.1 del Reglamento del SEIA
Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
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