Resumen
La Corte de Apelaciones de Valparaíso conoció la apelación de la defensa de I.I.V.F. contra la resolución del Juzgado de Garantía de Quintero que mantuvo su prisión preventiva. La defensa cuestionó la necesidad de la medida y la insuficiencia de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. El tribunal a quo había fundamentado la mantención en la gravedad del delito formalizado, la pena asignada y el riesgo de propagación del fuego, sin un análisis concreto de otras medidas. La Corte consideró que la resolución recurrida no realizó un examen individualizado de la idoneidad de las medidas sustitutivas, derivando la insuficiencia de la sola subsunción del hecho en el tipo penal. Además, el riesgo de propagación se refería al hecho ya acaecido y no a un riesgo actual generado por la libertad de la imputada. Por ello, revocó la prisión preventiva y la sustituyó por arresto domiciliario total, prohibición de salir del país, prohibición de visitar el inmueble y prohibición de acercarse a la víctima. La decisión fue acordada con el voto disidente de la Ministra T.C.F.C..