Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, a solicitud de ambas partes, aprobó las bases de conciliación total, que ordenaron dejar sin efecto los actos reclamados, teniendo a la vista las siguientes consideraciones, en virtud del cual se emitirán nuevos actos administrativos, con vigencia a partir del 01.01.2021. 1.avalúo construcciones, se rectifica superficie, materialidad y calidad de las construcciones existentes de la siguiente forma: - línea 1, clase e, calidad 4, año de construcción 2011, piso 1, destino h, cantidad de metros cuadrados 80, respecto de lo demás no hay modificaciones. - línea 2, se divide en nuevas líneas 2,3 y 4. - línea 2, clase e, calidad 3, 80 mt2, 1 piso y año de construcción 2011, respecto de lo demás no hay modificaciones. - línea 3, clase e, calidad 4, 120 mt2, 1 piso, año de construcción 2011, y respecto de lo demás no hay modificaciones. - línea 4, clase e, calidad 5, 40 mt2, 1 piso de estacionamientos, año de construcción 2011. - línea 5 (ex línea 3), clase k, calidad 3, 100 mt2, 1 piso habitacional, año de construcción 2018. respecto de lo demás no hay modificaciones. - línea 6 (ex línea 4), clase k, calidad 4, 170 mt2, 1 piso habitacional, año de construcción 2018, respecto de lo demás no hay modificaciones. - línea 7 (ex línea 5), clase w, calidad 1, 45 mt3, piscina. 2. avalúo del terreno, se aplica un coeficiente corrector por riesgo de inundación de 0,75, en el área afectada.