Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Pudahuel, ordenándose la entrega de información que obre en poder del órgano sobre el listado actualizado de todas las organizaciones comunitarias del territorio consultado, con indicación del directorio y los datos de contacto -con excepción de aquellos datos de contacto asociados a personas naturales-. Lo anterior, por cuanto lo solicitado de trata de información de naturaleza pública, respecto de lo cual no se alegó la concurrencia de causales de reserva que justifiquen la denegación de lo pedido. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C4898-23 y C13127-23. En el evento de que los datos de contacto coincidan con información de una persona natural, éstos deberán ser reservados. Lo anterior, en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por el artículo 33, letra m) de la Ley de Transparencia.